top of page

¿OPINIONES O NOTICIAS?

  • Foto del escritor: Gerardo Racchumick
    Gerardo Racchumick
  • 14 dic 2022
  • 4 min de lectura

Actualizado: 30 mar 2023

|| Para empezar con este articulo debo diferenciar las palabras "opinión y noticia" porque si no me tacharan de censurador.

Las noticias son hechos verídicos y reales mostrados de forma masiva para una determinada población, con el fin de mostrar una realidad social y generar conciencia. La consciencia es generada por medio de hechos noticiosos. Esto quiere decir que, no basta con mostrar solo hechos; si no que, estos hechos tienen que ser relevantes para la población teniendo en cuenta los elementos espacio y tiempo.


Las opiniones, a diferencias de las noticias, son juicios de valor sobre hechos donde hacemos uso pleno del derecho a expresarnos. Básicamente, las opiniones son expresiones o ideas de un determinado tema.


Como hemos podido notar existe una gran diferencia entre "opiniones y noticias". Las noticias deben de ser OBJETIVAS con un fin INFORMATIVO. El periodista, dentro de un programa de noticias, no puede caer en el error de mezclar su opinión con hechos noticiosos porque le quita la objetividad natural a la noticia. Por otro lado, las opiniones tienen que ser compartidas en un fuero distinto al de sección de NOTICIAS, ya que, las opiniones no tienen ningún carácter INFORMATIVO. Los hechos noticiosos que se muestran, al televidente o lector de una noticia, deben tener un carácter de VERACIDAD; por lo tanto, existe una responsabilidad moral o deber diligente del periodista respecto a la información que hace pública de forma masiva.


Del mismo modo, las opiniones que son transmitidas por un medio público deben de tener tres características esenciales LA VERACIDAD DE LA FUENTE, EL CONOCIMIENTO DEL TEMA y LA DIVERSIDAD.


|| Ahora para los que se deben de estar preguntando ¿Cada vez que quiera dar una opinión tengo que conocer muy al fondo del tema? Pues no.

Existe una gran diferencia entre dar una opinión en una charla casual que darla en un medio televisivo; ya que, en la casual no tienes ninguna responsabilidad si la opinión que estas emitiendo es totalmente errónea. Pero eso no sucede con una opinión expresada a través de un medio televisivo, en se caso, existe una responsabilidad moral o un deber diligente, característica reconocida en la noticia.


Entonces la veracidad de la fuente y el conocimiento del tema también son características del DEBER DILIGENTE.


Ahora otra cualidad que debe de cumplir el DAR OPINIONES A TRAVÉS DE MEDIOS COMUNICATIVOS es el de DIVERSIDAD.


Al hacer pública una opinión es monopolizar una sola postura de un determinado tema. En los fueros de opiniones debe de existir una DIVERSIFICACIÓN DE OPINIONES.


La existencia de esta característica permite al televidente o lector crear un mejor juicio de valor individual de un determinado tema con información verídica y de fuente confiable.


|| En mi opinión, la falta de profesionalismo y objetividad de los canales, editoriales de periódicos y periodistas se debe al comercialismo, a la producción de rating y las tendencias políticas de su periódico o canal.

Si bien la Libertad de expresión es un Derecho Fundamental en la Sociedad por el cual no solo se protegen las opiniones sino la “Democracia”; existen elementos esenciales que deben ser protegidos y es ahí en dónde el Derecho entra a tallar como protagonista.


En muchas ocasiones los Medios de Comunicación han hecho un tratamiento incorrecto de la noticia y esta se ve en mayor reflejo en Juicios penales mediáticos ya sea por tener trascendencia política o porque solo generan un interés público.


Existe en la sociedad un menester por informar por parte de los Medios de comunicación, que resulta comprensible y es que muchas personas consideran a los canales periodísticos como “El Cuarto Poder”.


Sin embargo, ¿solo basta con conocer la información sobre un caso, obtener la autorización de una de las partes o que el proceso sea público (penal) para que se pueda ventilar en televisión abierta?, la respuesta no es absoluta.

Los derechos a la imagen, y la protección de las partes se ven vulneradas por la facilidad con las que se propagan los procesos judiciales. Es así que, en reiteradas oportunidades, la misma democracia de la Sociedad se ha visto amenazada por los juicios paralelos o populares provenientes de titulares morbosos, amarillistas y sensacionalistas, dónde derechos como la Presunción de Inocencia y el Derecho al honor son ofendidos.


Desde presentar una noticia como “delincuentes” y no presuntos sospechosos, sin tener diligencia al respecto en cuánto a una sentencia firme que atribuya tal situación jurídica hasta presentar imágenes sobre el interior de las viviendas en casos de incautación de personajes políticos. Resultando en un prejuicio de la ciudadanía muchas veces influenciada por sus líderes de opinión.


Es por esta esta razón que me pregunto:¿SE DEBE DE REGULAR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN?


La clave para evitar el control arbitrario sobre los medios – de los gobiernos o las entidades privadas- es que existan códigos éticos claros, difundidos en los medios de prensa y que estén a su altura”. Thomas Ken - Asesor, Red de Ética Periodística. Editor de Normas, The Associated Press

Mas que una regulación específica dada por un estado, deberían de existir parámetros o lineamientos que cumplan las empresas públicas o privadas para el uso del derecho de expresión y libertad de prensa. Estos lineamientos o parámetros se pueden dar a través de la AUTOREGULACION y CORREGULACION.


La autoregulacion, es la responsabilidad que los medios comunicativos y los periodistas realizan mediante el uso debido de su libertad de expresión.


"Es un equilibrio entre responsabilidad y libertad" (Luján González 2008).

Son los mismos medios que deciden regularse de forma individual siendo conscientes del gran poder e influencia que tienen en sus manos. Sin embargo, la corregulacion son lineamientos que los legisladores estatales te recomienda seguir para el uso debido de la libertad de expresión.


Algunos países como Holanda ,con El Consejo de la Prensa en Holanda (Netherlands Press Council), actúan como mediador entre la prensa y el público de una forma pasiva; este organismo, no puede multar ni mucho menos censurar una publicación.


No obstante, puede obligar a publicar su veredicto. Del mismo modo, funciona en Noruega a través de La Comisión de Quejas de la Prensa Noruega (Norwegian Press Complaints Commission).


Por otro lado, tenemos a INGLATERRA con una labor más activa a través de La Organización Independiente de Estándares de la Prensa (Independent Press Standards Organization).Este órgano puede imponer sanciones, corregir publicaciones e incluso puede actuar previo a una publicación. Este organismo regulador es totalmente independiente del gobierno inglés.


 
 
 

Comentarios


Formulario de suscripción

¡Gracias por tu mensaje!

bottom of page